Guía · Velocidad

Límites de velocidad en España

Tabla de límites genéricos por tipo de vía y de vehículo, velocidades mínimas, remolques y cuándo un exceso pasa a ser delito.

5 min de lectura · Actualizado el 19 de octubre de 2026

Autovía española de tres carriles con tráfico fluido a plena luz del día

Los límites genéricos son los que se aplican cuando no hay ninguna señal que diga otra cosa. Estos son los que entran en el examen y los que rigen en carretera.

Turismos y motocicletas

Tipo de víaMáximaMínima
Autopista y autovía120 km/h60 km/h
Carretera convencional (con arcén o sin él)90 km/h45 km/h
Vía urbana con 2 o más carriles por sentido50 km/h—
Vía urbana de un carril por sentido30 km/h—
Vía urbana de plataforma única20 km/h—
Zona residencial (señal S-28)20 km/h—

Otros vehículos

VehículoAutopista/autovíaConvencional
Cualquier automóvil con remolque (también el turismo)90 km/h80 km/h
Autobuses, derivados de turismo y mixtos adaptables100 km/h90 km/h
Camiones, furgonetas, articulados y autocaravanas de más de 3.500 kg90 km/h80 km/h
Autobús con viajeros de pie o sin cinturones80 km/h80 km/h
CiclomotoresProhibido el acceso45 km/h

Otros límites que caen

  • Travesía: 50 km/h para todo tipo de vehículos.
  • Autopista o autovía dentro de poblado: 80 km/h, salvo señal.
  • Convencional con separación física de sentidos: el titular puede señalizar 100 km/h para turismos y motos.
  • Vías sin pavimentar: 30 km/h.
  • Transporte escolar y mercancías peligrosas: 10 km/h menos que su límite fuera de poblado.

La velocidad adecuada no es la máxima

La norma obliga a adaptar la velocidad a las condiciones de la vía, del tráfico, del vehículo y de la carga. Circular a 120 km/h bajo una tormenta puede sancionarse aunque el panel diga 120, porque el criterio es la seguridad, no el número.

Cuándo deja de ser una multa

Superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en vía interurbana es delito contra la seguridad vial, con penas que van de la prisión a los trabajos en beneficio de la comunidad, además de la privación del derecho a conducir.

Y el margen para adelantar

No existe desde el 21 de marzo de 2022, cuando lo suprimió la Ley 18/2021. Antes se permitía superar el límite en 20 km/h para adelantar en carretera convencional; hoy la maniobra debe completarse dentro del límite del tramo, y al adelantar a un ciclista fuera de poblado hay que ir al menos 20 km/h por debajo de él. Si no da tiempo sin correr más, la conclusión de la norma es que no había que adelantar.

Para fijar las cifras, lo más rápido es el test de límites de velocidad: son doce preguntas y se responden en cinco minutos.

Dudas frecuentes

Depende de la calle: 50 km/h con dos o más carriles por sentido, 30 km/h con un solo carril por sentido y 20 km/h en calles de plataforma única.
A 90 km/h en autopista y autovía y a 80 km/h en carretera convencional, sea cual sea el peso del remolque.
No. Ese margen de 20 km/h lo suprimió la Ley 18/2021, con efectos desde el 21 de marzo de 2022.

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Pregunta 1
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En práctica, cada respuesta tiene su explicación.

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