Documentación, permisos y puntos
Qué papeles hay que llevar, qué autoriza cada permiso, cómo funciona el sistema de puntos, la ITV y cuándo una infracción se convierte en delito.
Es el bloque más árido y el más rentable: son datos, y los datos o se saben o no. La buena noticia es que son pocos y encajan en cuatro tablas.
Qué hay que llevar
- Permiso de conducción en vigor y de la clase adecuada al vehículo.
- Permiso de circulación del vehículo.
- Tarjeta o ficha técnica con la ITV en vigor.
- Justificante del seguro obligatorio.
La ficha técnica recoge medidas, pesos, motorización y neumáticos homologados. Cualquier cambio respecto a ella es una reforma que hay que legalizar; sin legalizar, el seguro puede quedarse sin cobertura en caso de siniestro.
El titular es responsable de mantener el vehículo en regla y de identificar al conductor cuando se lo requieran. No hacerlo es una infracción muy grave por sí misma.
El seguro obligatorio
Todo vehículo a motor con estancia habitual en España necesita un seguro de responsabilidad civil antes de circular. No es opcional ni depende de que el vehículo salga poco: mientras esté dado de alta y no en baja temporal, tiene que estar asegurado.
Qué cubre y qué no
| Cubre | No cubre |
|---|---|
| Los daños personales causados a terceros | Los daños del propio conductor causante |
| Los daños materiales causados a terceros | Los daños del vehículo causante |
| A los ocupantes del vehículo, salvo el conductor | Los daños causados conduciendo bajo los efectos del alcohol o las drogas, que la aseguradora puede reclamar después |
El seguro obligatorio es el mínimo legal. Todo lo demás —los daños del propio vehículo, el robo, la rotura de lunas o la asistencia en carretera— entra en las coberturas voluntarias que cada póliza añada.
Circular sin seguro
Es una infracción muy grave con multa y, además, el vehículo puede quedar inmovilizado y depositado hasta que se acredite el seguro. Si en ese estado se provoca un accidente, el Consorcio de Compensación de Seguros indemniza a las víctimas y después reclama todo el importe al responsable.
Los permisos y qué autorizan
| Permiso | Edad | Qué autoriza |
|---|---|---|
| AM | 15 | Ciclomotores de hasta 50 cc y 45 km/h. |
| A1 | 16 | Motocicletas de hasta 125 cc y 11 kW. |
| A2 | 18 | Motocicletas de hasta 35 kW. |
| A | 20 (con 2 años de A2) | Cualquier motocicleta. |
| B | 18 | Vehículos de hasta 3.500 kg de MMA y 9 plazas. |
| B96 / BE | 18 | Conjuntos con remolque por encima de los límites del B. |
| C | 21 (18 con CAP) | Camiones de más de 3.500 kg. |
| D | 24 (menos con CAP) | Autobuses de más de 9 plazas. |
Con el permiso B y tres años de antigüedad se pueden conducir además motocicletas de hasta 125 cc dentro del territorio nacional.
La vigencia del permiso B es de diez años hasta los 65 y de cinco a partir de esa edad. Se renueva superando el reconocimiento psicofísico en un centro autorizado.
El sistema de puntos
Se parte de 12 puntos, o de 8 si es el primer permiso o si se ha recuperado tras perderlos todos. A los tres años sin sanciones se pasa a doce, y con más antigüedad y buen comportamiento se puede llegar a 15.
Las infracciones graves y muy graves detraen entre 2 y 6 puntos. Algunas de las que restan 6:
- Conducir con una tasa de alcohol superior al doble de la permitida.
- Conducir con presencia de drogas.
- Negarse a las pruebas de alcohol o drogas.
- Conducir de forma temeraria o participar en carreras no autorizadas.
- Circular en sentido contrario.
- Usar el móvil sujetándolo con la mano.
Recuperación: dos años sin sanciones graves devuelven el saldo íntegro; tres años si hubo alguna muy grave. Un curso de sensibilización permite recuperar hasta seis puntos, y solo se puede hacer una vez cada dos años.
Infracciones y sanciones
| Tipo | Importe orientativo | Puntos |
|---|---|---|
| Leve | Hasta 100 € | No detrae |
| Grave | 200 € | Puede detraer de 2 a 6 |
| Muy grave | 500 € | Puede detraer de 4 a 6 |
El pago en el plazo de veinte días naturales tiene una reducción del 50 %, pero implica renunciar a recurrir. Los puntos se pierden igual: la reducción es solo económica.
Las sanciones se notifican en la dirección que consta en el Registro, o en la Dirección Electrónica Vial si se está suscrito a ella.
Cuando te inmovilizan el vehículo
Además de multar, un agente puede dejar el vehículo parado en el sitio. No es una sanción: es una medida para impedir que siga circulando algo que no debería.
Motivos de inmovilización
- Superar las tasas de alcohol o dar positivo en drogas.
- Negarse a las pruebas.
- Conducir sin permiso, o con un permiso que no autoriza ese vehículo.
- Circular sin el seguro obligatorio.
- Deficiencias graves en frenos, dirección, alumbrado o neumáticos.
- Exceso de carga, de peso o de ocupantes.
- Superar los niveles de ruido o de emisiones.
- No haber pasado la ITV o tenerla desfavorable.
La inmovilización termina cuando desaparece la causa: cuando la tasa baja, cuando aparece un conductor habilitado o cuando se subsana el defecto. Los gastos del traslado y del depósito corren a cargo del titular.
Retirada por la grúa
Es distinto de la inmovilización: aquí el vehículo se lleva. Procede, entre otros casos, cuando está mal estacionado y obstaculiza la circulación, cuando ocupa un carril reservado o un paso de peatones, cuando impide la salida de un vado, cuando está en una plaza para personas con movilidad reducida sin la tarjeta, o cuando permanece detenido en un punto en el que está prohibido parar.
Cuando deja de ser una multa
Algunas conductas están tipificadas como delito contra la seguridad vial en el Código Penal. No las juzga la administración: van al juzgado.
- Exceder el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en interurbana.
- Conducir con una tasa superior a 0,60 mg/l en aire o 1,2 g/l en sangre.
- Negarse a someterse a las pruebas.
- Conducir con temeridad manifiesta poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas.
- Conducir sin permiso: por pérdida de puntos, por privación judicial o por no haberlo obtenido nunca.
- Crear un grave riesgo para la circulación alterando la seguridad de la vía.
- Abandonar el lugar del accidente.
Prácticamente todos ellos llevan aparejada, además de multa o prisión, la privación del derecho a conducir durante un plazo.
La ITV
Periodicidad de un turismo de uso particular:
| Antigüedad | Frecuencia |
|---|---|
| Hasta 4 años | No se inspecciona |
| De 4 a 10 años | Cada 2 años |
| Más de 10 años | Cada año |
Resultados posibles: favorable (con o sin defectos leves), desfavorable (defecto grave: solo se puede circular hasta el taller y volver a inspeccionar, normalmente en dos meses) y negativa (defecto muy grave: el vehículo sale en grúa).
El distintivo se coloca en el ángulo superior derecho del parabrisas, visible desde fuera. El distintivo ambiental es otra cosa distinta: depende de la fecha de matriculación y la tecnología del motor, y se adquiere aparte.
Las cifras de este tema
Si vas con el tiempo justo, esto es lo que hay que llevarse memorizado. Están todas juntas en la chuleta general.
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Validez del aprobado | 2 años | Para completar la fase práctica |
| Delito, aire | 0,60 mg/l | A partir de ahí va al juzgado |
| Delito, sangre | 1,2 g/l | — |
| Saldo inicial | 8 puntos | Primer permiso o tras recuperarlo |
| Saldo normal | 12 puntos | A los 3 años sin perder ninguno |
| Saldo máximo | 15 puntos | Con antigüedad y buen comportamiento |
| Recuperación total | 2 años | 3 si hubo alguna muy grave |
| Curso de recuperación | 6 puntos | Una vez cada 2 años |
| Móvil en la mano | 6 puntos | Es la que más resta junto al alcohol |
| Multa grave | 200 € | Puede detraer de 2 a 6 puntos |
| Multa muy grave | 500 € | De 4 a 6 puntos |
| Pronto pago | -50 % | 20 días naturales. Los puntos se pierden igual |
| Delito por velocidad, urbana | +60 km/h | Sobre el límite |
| Delito por velocidad, interurbana | +80 km/h | Sobre el límite |
| B | 18 años | Hasta 3.500 kg y 9 plazas |
| Vigencia del B | 10 años | 5 a partir de los 65 |
| ITV, hasta 4 años | No pasa | Turismo de uso particular |
| ITV, de 4 a 10 años | Cada 2 años | — |
| ITV, más de 10 años | Cada año | — |
| Reinspección tras desfavorable | 2 meses | Solo se circula hasta el taller |
| Permiso B | 3.500 kg | De masa máxima autorizada |
Base normativa
Lo que se explica en este tema sale de estas normas. Los enlaces llevan al texto consolidado del BOE, para que puedas comprobarlo tú mismo.
- Ley de Tráfico y Seguridad Vial RDL 6/2015, texto refundido · sistema de puntos, infracciones y sanciones
- Reglamento General de Conductores RD 818/2009 · clases de permiso, edades y vigencia
- Código Penal, delitos contra la seguridad vial arts. 379 a 385 · arts. 379 a 385: delitos contra la seguridad vial
Dudas frecuentes de este tema
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Revisado el 23 de agosto de 2026. Texto de elaboración propia: no reproduce el manual oficial de la DGT. Ante cualquier discrepancia prevalece la normativa vigente. ¿Ves algo mal? Dínoslo.