Alcohol, drogas y factor humano
Las tasas exactas, cómo afecta el alcohol a la conducción, los medicamentos, la fatiga, el sueño y las distracciones que más accidentes provocan.
El fallo humano está detrás de la inmensa mayoría de los accidentes. No los fallos mecánicos, que son una minoría, ni el estado de la vía: la persona que va al volante. Este es el tema que menos se estudia y el que más vidas cuesta.
Las tasas de alcohol
| Conductor | Aire espirado | Sangre |
|---|---|---|
| General | 0,25 mg/l | 0,5 g/l |
| Novel (los 2 años siguientes a obtener el permiso) | 0,15 mg/l | 0,3 g/l |
| Profesional: mercancías de más de 3.500 kg, viajeros de más de 9 plazas, servicio público, transporte escolar y de menores, mercancías peligrosas, urgencias y transportes especiales | 0,15 mg/l | 0,3 g/l |
| Menor de edad, conduzca lo que conduzca | 0 mg/l | 0 g/l |
Superar la tasa permitida es una infracción muy grave: ordinariamente, 500 € y 4 puntos en el primer tramo; por encima del doble, 1.000 € y 6 puntos. Si ya hubo sanción por alcohol en el año inmediatamente anterior, la multa también sube a 1.000 €, pero los puntos dependen de la tasa. La tasa cero de los menores la fijó la Ley 18/2021. Los puntos se aplican al conducir vehículos que requieren permiso o licencia; el posible delito se valora por separado.
Superar 0,60 mg/l en aire o 1,2 g/l en sangre, al conducir un vehículo de motor o ciclomotor, constituye delito contra la seguridad vial (artículo 379 del Código Penal). También es delito conducir bajo la influencia del alcohol o las drogas aunque no se alcance esa cifra, y negarse a las pruebas (artículo 383), con independencia de lo que se hubiera bebido. Quien da positivo puede pedir una prueba de contraste, normalmente un análisis de sangre, que paga si confirma el resultado.
Qué le hace el alcohol a la conducción
El alcohol no afecta primero a la capacidad de conducir: afecta primero a la capacidad de darse cuenta de que uno no está en condiciones. Ese es el problema.
- Aumenta el tiempo de reacción, que es la parte de la distancia de detención que depende íntegramente del conductor.
- Estrecha el campo visual y retrasa la recuperación tras un deslumbramiento, lo que explica el riesgo nocturno.
- Deteriora la apreciación de distancias y velocidades, justo lo que hace falta para adelantar o incorporarse.
- Desinhibe: aparecen conductas de riesgo que sobrio no se harían.
- Produce somnolencia en la fase descendente.
No hay nada que acelere la eliminación del alcohol: ni el café, ni la ducha fría, ni comer. El hígado lo metaboliza de forma gradual y lo único que funciona es el tiempo.
Drogas y medicamentos
Conducir con presencia de drogas en el organismo está prohibido, y aquí no hay tasa: basta con que se detecte la sustancia. El control se hace con una muestra de saliva y un análisis posterior. Son 6 puntos y 1.000 €. La ley solo excluye los medicamentos tomados con prescripción médica y fin terapéutico, y siempre que se esté en condiciones de conducir.
Los medicamentos son el punto que casi nadie mira. Antihistamínicos, ansiolíticos, relajantes musculares, algunos analgésicos y muchos jarabes para la tos afectan a la conducción. Los envases llevan un pictograma de un triángulo rojo con un coche negro cuando es el caso, y el prospecto lo indica expresamente.
Fatiga y sueño
La fatiga es progresiva y el conductor la nota tarde. Sus primeros síntomas son bostezos repetidos, picor de ojos, cambios constantes de postura, pesadez en los párpados y no recordar los últimos kilómetros recorridos.
El microsueño dura entre dos y cinco segundos y el conductor no es consciente de que ha ocurrido. A 120 km/h, cuatro segundos son más de 130 metros recorridos sin nadie al volante.
Lo que funciona: parar cada dos horas, ventilar, no comer en exceso antes de conducir, evitar las horas de madrugada y, si aparece el sueño, dormir quince o veinte minutos. Lo que no funciona: la radio alta, abrir la ventanilla y aguantar.
Distracciones
Se distinguen tres tipos y no son igual de fáciles de detectar:
- Visuales: apartar la vista de la carretera. Mirar el navegador, buscar algo en el suelo.
- Manuales: soltar el volante. Comer, encender un cigarrillo, manipular la radio.
- Cognitivas: la mente está en otro sitio aunque los ojos sigan al frente. Una discusión, una preocupación, una conversación exigente. Son las más peligrosas porque no se notan.
El móvil en la mano combina las tres y por eso su sanción es de las más altas del catálogo: 200 € y 6 puntos desde la Ley 18/2021. Manipularlo de otra forma, usar el navegador con la mano o llevar auriculares conectados a aparatos de sonido son 3 puntos. Los auriculares están prohibidos porque aíslan del entorno sonoro: sirenas, claxon, un ruido anómalo del propio vehículo. Sí se permiten los sistemas de manos libres sin auriculares y, en moto, los intercomunicadores integrados en el casco.
Dos segundos apartando la vista a 120 km/h son más de sesenta metros conducidos a ciegas. Esa es la cifra que hay que tener en la cabeza.
Otros estados que afectan
Emociones intensas, estrés, prisa y enfado consumen atención que deja de estar en la carretera. Circular enfadado o recién discutido es objetivamente más peligroso, y el conductor no lo percibe.
También afectan la fiebre, el dolor sostenido, la hipoglucemia, el calor excesivo en el habitáculo, la deshidratación y una comida copiosa. Ninguna de ellas está prohibida por sí misma, pero todas caen bajo la obligación general de conducir en condiciones.
La edad juega en los dos extremos: el conductor novel tiene menos automatismos y se cansa antes; el conductor mayor necesita más luz de noche y tarda más en recuperarse de un deslumbramiento.
Cómo elegir la tasa y entender sus unidades
Antes de memorizar cifras, identifica tres datos: si el conductor es menor de edad, la antigüedad de su autorización y el vehículo o servicio que realiza. El límite no depende solo de su profesión habitual. Un conductor de autobús que utiliza su turismo particular no queda sometido por ese único motivo a la tasa reducida de los vehículos destinados a determinados transportes. En cambio, un conductor de un vehículo comprendido en esos servicios debe respetarla aunque conduzca de forma ocasional.
La tasa en aire espirado se expresa en miligramos por litro; en sangre, en gramos por litro. Son muestras y unidades diferentes. La pareja general es 0,25 mg/l en aire y 0,5 g/l en sangre. La pareja reducida es 0,15 mg/l y 0,3 g/l. La cifra reducida no es la mitad de la general: memorizar esa frase llevaría a obtener 0,125, que no es el límite reglamentario.
Durante los dos años siguientes a obtener el permiso o licencia habilitante se aplica la tasa reducida prevista para conductores noveles. No debe confundirse ese plazo con el año durante el que se lleva la placa L. La antigüedad de una licencia solo se computa a estos efectos cuando se conduce un vehículo para el que esa licencia resulta suficiente. La autorización que permite conducir y su antigüedad son los datos relevantes.
Los menores de edad tienen tasa 0,0 conduciendo cualquier vehículo: también una bicicleta o un VMP. No se les permite consumir hasta 0,15 mg/l por estar comenzando a conducir. La regla específica de cero prevalece. Un peatón, por su parte, puede estar obligado a realizar pruebas en determinados supuestos, pero no se le aplica una tasa de conducción simplemente por caminar.
Caso práctico
Una persona obtuvo el permiso B hace dieciocho meses y conduce su turismo. Ya no lleva la L, pero su límite sigue siendo 0,15 mg/l en aire. Otra persona de diecisiete años conduce un ciclomotor: su límite es cero. Ambas preguntas se resuelven identificando primero la situación, no escogiendo automáticamente la tasa general.
Controles: obligación, segunda prueba y contraste
Los controles no se limitan a quien ha provocado un accidente. Los agentes pueden requerir pruebas a conductores en controles preventivos, a quienes presentan síntomas, a quienes son denunciados por una infracción y a usuarios implicados en un siniestro en los supuestos legales. «No he cometido ninguna infracción» no permite negarse a un control preventivo de alcoholemia.
La prueba habitual de alcohol mide el aire espirado mediante un etilómetro autorizado. Si se supera la tasa aplicable o existen síntomas evidentes incluso sin superarla, se practica una segunda prueba con las garantías reglamentarias. Entre la primera y la segunda deben transcurrir al menos 10 minutos. El interesado puede controlar ese intervalo, por sí mismo o mediante un acompañante o testigo presente.
El conductor puede formular observaciones y solicitar contraste mediante pruebas sanitarias. La Ley de Tráfico establece el análisis de sangre como preferente salvo causas excepcionales debidamente justificadas. Pedir contraste no equivale a rechazar la prueba de aire ni a decidir unilateralmente qué procedimiento se realiza. Si una lesión o enfermedad impide soplar, el personal sanitario determina las pruebas adecuadas y los agentes documentan la situación.
Si el contraste resulta positivo, su coste corresponde al interesado; si es negativo, se devuelve el depósito previsto en el procedimiento. No se elige la muestra que parezca más conveniente ni se sustituye el control por un alcoholímetro particular. Un aparato doméstico puede orientar, pero no garantiza que el conductor esté por debajo del límite ni que no exista influencia del alcohol.
En drogas se utiliza normalmente una prueba salival y se toma una muestra suficiente para su análisis posterior. Debe distinguirse la detección inicial del procedimiento de confirmación. La infracción administrativa sanciona la presencia de drogas, con la excepción terapéutica legal cuando se cumplen todas sus condiciones. No existe una tasa numérica comparable al 0,25 del alcohol.
El vehículo puede quedar inmovilizado para impedir que continúe conduciendo quien no está en condiciones. Puede hacerse cargo otra persona debidamente habilitada que ofrezca garantías suficientes. Esto no anula la infracción ya cometida. Pagar una multa tampoco autoriza a reanudar la marcha manteniendo la causa de la inmovilización.
Separar multa, puntos y responsabilidad penal
La infracción administrativa por superar el límite de alcohol es muy grave. La cuantía ordinaria es 500 euros. Se eleva a 1.000 euros si se supera el doble de la tasa permitida o si el conductor ya había sido sancionado por excederla en el año inmediatamente anterior. La reincidencia que eleva el importe no implica por sí sola que deban restarse seis puntos: los puntos se determinan por el tramo de tasa.
| Tasa en aire espirado | General | Novel o tasa reducida |
|---|---|---|
| Primer tramo con pérdida de puntos | Más de 0,25 y hasta 0,50 mg/l: 4 puntos | Más de 0,15 y hasta 0,30 mg/l: 4 puntos |
| Tramo superior | Más de 0,50 mg/l: 6 puntos | Más de 0,30 mg/l: 6 puntos |
| Importe por superar el doble | 1.000 euros | 1.000 euros |
La tabla explica los tramos administrativos y no sustituye la valoración penal. Los puntos se detraen por infracciones cometidas conduciendo vehículos para los que se exige permiso o licencia. No se quitan puntos del permiso B por una infracción cometida en una bicicleta o un VMP que legalmente no requiere permiso, aunque su conductor tenga carné de coche. Sí puede existir la correspondiente multa.
El artículo 379.2 del Código Penal se refiere a conducir vehículos de motor o ciclomotores bajo la influencia de alcohol o drogas. Además, establece el supuesto objetivo de tasa superior a 0,60 mg/l en aire o a 1,2 g/l en sangre. La redacción dice superior: no debe enseñarse que exactamente 0,60 es automáticamente ese supuesto por la cifra sola. Puede existir delito por influencia aun por debajo del umbral.
Para ese delito se prevén alternativamente prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. En todos los casos se añade privación del derecho a conducir por tiempo superior a un año y hasta cuatro años. No se trata de elegir entre pagar la multa de tráfico o cumplir la pena que resulte del procedimiento penal.
Negarse a las pruebas legalmente establecidas y requeridas por un agente constituye un delito específico en el ámbito del artículo 383. Tiene pena de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir superior a un año y hasta cuatro. Puede cometerse aunque el conductor crea que habría dado negativo. La negativa no es una estrategia para evitar la prueba.
Los excesos penales de velocidad del artículo 379.1 son otra conducta: superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 km/h en interurbana. No se invierten las dos cifras ni se aplica la diferencia sobre una velocidad elegida por el conductor. Las sanciones administrativas y penales no se suman automáticamente por los mismos hechos: cuando se aprecia posible delito se sigue el cauce legal correspondiente.
Por qué no sirven los cálculos por copas
La alcoholemia cambia con el tiempo: primero se absorbe el alcohol y después predomina su eliminación. Por eso terminar la última bebida no significa haber alcanzado ya la tasa máxima. Durante parte del trayecto la concentración podría seguir subiendo. Tampoco una noche de sueño garantiza haber eliminado todo el alcohol consumido horas antes.
La cantidad ingerida, la rapidez del consumo, la comida, las características personales y la combinación con medicamentos influyen en el resultado y en sus efectos. Dos personas que comparten la misma bebida no tienen necesariamente la misma tasa ni la misma capacidad de respuesta. Una tabla de bebidas puede ilustrar un riesgo, pero no permite prometer que cierto número de copas deja siempre por debajo del límite.
El alcohol puede favorecer una valoración demasiado optimista de la propia habilidad. El conductor tarda más en reconocer un peligro, estima peor una distancia y puede aceptar un hueco insuficiente para incorporarse. A la vez cree que controla la situación. Esa combinación explica por qué «me encuentro bien» no es una comprobación fiable de aptitud.
Comer puede modificar la absorción, pero no hace desaparecer el alcohol que ya está en el organismo. El café puede reducir momentáneamente la sensación de sueño, pero no elimina la alcoholemia. La ducha, el ejercicio o beber agua tampoco permiten calcular una hora segura de vuelta. La decisión preventiva es organizar el regreso sin conducir después de beber, con un conductor que no consuma o con otro medio de transporte.
Las drogas tampoco tienen un efecto único. Algunas producen excitación y falsa confianza; otras somnolencia o lentitud; otras alteran la percepción. La sensación subjetiva de estar más despierto no significa evaluar mejor el tráfico. Combinar sustancias dificulta prever sus efectos y puede sumar deterioros, en lugar de compensarlos.
Caso práctico
Después de cenar, una persona propone esperar media hora y tomar dos cafés para conducir. Ese plan no demuestra que vaya a estar en condiciones ni por debajo de su límite. La alternativa segura debe decidirse antes de iniciar la marcha; una comprobación policial no es el momento de descubrir que la estimación era errónea.
Medicamentos, enfermedad y aptitud para conducir
El pictograma del coche dentro de un triángulo rojo advierte de que hay que leer la información sobre conducción y uso de máquinas. No significa que todos los pacientes tengan automáticamente prohibido conducir, ni que el medicamento sea una droga ilegal. La decisión depende del fármaco, la dosis, el momento del tratamiento, sus efectos y el estado de la persona.
Es especialmente importante consultar al iniciar un tratamiento, modificar una dosis o combinar varios productos. Los medicamentos sin receta también pueden producir sueño, visión borrosa o reducción de la atención. La ausencia de una sensación llamativa no garantiza que la respuesta al tráfico sea normal. Si aparecen efectos que impiden conducir con seguridad, no se inicia o se interrumpe la conducción en un lugar adecuado.
No se abandona un tratamiento necesario para poder conducir sin consultar al profesional sanitario. La enfermedad sin tratar también puede crear peligro. Es preferible explicar que necesitas conducir y preguntar por horarios, alternativas y precauciones. La excepción legal para sustancias utilizadas con prescripción y finalidad terapéutica exige que se esté en condiciones de manejar el vehículo conforme a los deberes de atención y control.
El permiso acredita unas aptitudes, pero no garantiza que se conserven en cualquier momento. Una fiebre, un episodio de mareo o una pérdida de visión transitoria pueden impedir conducir aunque el permiso siga vigente. Las enfermedades que afectan a la aptitud se valoran conforme al Reglamento General de Conductores. No se decide por intuición si una limitación exige adaptación, restricción o nueva valoración médica.
Los problemas de sueño merecen atención cuando son repetidos o aparecen pese a dormir suficiente. Roncar, despertarse continuamente o quedarse dormido durante actividades diurnas son motivos para consultar, no para acumular bebidas estimulantes. Si durante el viaje aparece somnolencia, la primera medida es detenerse de forma segura; el diagnóstico y el tratamiento se realizan después con profesionales.
Gestionar el cansancio, la atención y las emociones
La fatiga no es exactamente lo mismo que el sueño. La primera reduce el rendimiento por esfuerzo continuado; el segundo es la necesidad de dormir y puede aparecer incluso al comienzo de un viaje. Una carretera monótona, una mala noche o conducir en horas habituales de descanso pueden favorecerlo. El conductor no debe esperar a que el coche se desvíe para tomar una decisión.
Planifica pausas aproximadamente cada dos horas, antes si hay síntomas, mal tiempo o conducción exigente. En un viaje particular es una recomendación preventiva, no un plazo que garantice estar seguro hasta el minuto ciento veinte. Salir descansado, compartir la conducción con una persona habilitada y reducir la duración de las etapas ayuda a no llegar al límite.
Una pausa útil exige detenerse en un lugar adecuado. Estirar las piernas o ventilar puede aliviar la fatiga, pero cuando hay sueño se necesita dormir. Una siesta breve puede ayudar; no debe interpretarse como permiso automático para seguir si la somnolencia continúa al despertar. La radio alta, abrir la ventanilla o hablar sin parar pueden ocultar la sensación durante un momento sin resolverla.
La atención puede perderse sin apartar los ojos. Una conversación difícil, una discusión o una preocupación mantienen la mirada al frente, pero ocupan la capacidad de evaluar el tráfico. El manos libres evita sostener el teléfono, aunque no elimina la distracción mental. Si la conversación exige atención, se pospone hasta estar estacionado en un lugar seguro.
Programa la ruta, coloca los objetos y ajusta los mandos antes de salir. Si el navegador cambia de criterio cerca de una salida, sigue una trayectoria segura y acepta recalcular. Es preferible continuar hasta otra salida que atravesar varios carriles de improviso. El dispositivo no conoce todas las circunstancias del entorno ni asume la responsabilidad de la maniobra.
Una detención por semáforo rojo o una retención sigue formando parte de la circulación: no convierte el móvil en un objeto de libre uso. Para manipularlo, estaciona correctamente. Los auriculares que aíslan de los sonidos del tráfico también reducen información relevante. Las excepciones expresamente permitidas para determinados sistemas no autorizan a manejar pantallas de forma que distraigan.
La prisa suele producir una cadena reconocible: menor separación, cambios de carril innecesarios y frustración cuando otro usuario obliga a frenar. Romperla exige aumentar el margen y aceptar el retraso. Ante un conductor agresivo, no respondas con frenazos, persecuciones o gestos; facilita una separación segura sin incumplir las normas. La seguridad no depende de demostrar quién tenía razón.
Resolver situaciones combinadas del factor humano
Las preguntas suelen combinar dos circunstancias para comprobar si aplicas la regla correcta. Por ejemplo, un novel puede conducir un vehículo de transporte escolar: no se suman ni se restan tasas, se respeta la que corresponde. Si además es menor de edad, la tasa cero es determinante. La lectura debe empezar por la edad, la autorización y el servicio, no por la primera cifra que recuerdes.
También se mezclan sensación y capacidad. Un conductor dice encontrarse despejado después de tomar café, pero ha dormido poco y ha bebido alcohol. Sentirse más despierto no demuestra haber recuperado la coordinación, el juicio ni la tasa permitida. La respuesta segura no consiste en compensar un factor con otro, sino en evitar conducir mientras se mantienen las condiciones que lo impiden.
Otra combinación frecuente es teléfono y detención. Estar inmóvil por una cola no es estacionar para usar un dispositivo. El conductor sigue pendiente de cuándo avanza el tráfico, de una ambulancia que necesita paso y de usuarios que pueden aparecer junto al coche. La obligación de atención continúa aunque el velocímetro marque cero.
No confundas autorización y recomendación. Que un sistema manos libres esté permitido no significa que cualquier conversación sea segura. Que una pausa cada dos horas sea recomendable no significa que sea obligatorio esperar dos horas para descansar. Y que una medicina esté prescrita no significa que sus efectos nunca puedan impedir la conducción.
| Frase de la pregunta | Qué comprobar |
|---|---|
| «Ya no lleva la L» | Si han transcurrido los dos años de tasa reducida. |
| «No ha cometido una infracción» | Puede ser requerido en un control preventivo. |
| «El medicamento está recetado» | Finalidad terapéutica y condiciones reales para conducir. |
| «El coche está detenido» | Si es una detención del tráfico o está correctamente estacionado. |
Las cifras de este tema
Si vas con el tiempo justo, esto es lo que hay que llevarse memorizado. Están todas juntas en la chuleta general.
| Concepto | Valor | Detalle |
|---|---|---|
| Tasa general, aire | 0,25 mg/l | — |
| Tasa general, sangre | 0,5 g/l | — |
| Novel y profesional, aire | 0,15 mg/l | Tasa reducida; no es la mitad de 0,25 |
| Novel y profesional, sangre | 0,3 g/l | Noveles: primeros 2 años |
| Menores de edad | 0,0 | Cualquier positivo es infracción muy grave |
| Delito, aire / sangre | 0,60 mg/l / 1,2 g/l | Vehículos de motor y ciclomotores; tasa superior al umbral |
| Drogas | Cualquier presencia | No hay tasa: basta con que se detecte |
| Descanso recomendado | cada 2 h | O antes si aparecen los síntomas |
| Siesta contra el sueño | 15-20 min | Pausa breve; no continuar si persiste el sueño |
| Cafeína, tiempo hasta hacer efecto | 20-30 min | No elimina el alcohol ni sustituye al descanso |
| Intervalo entre pruebas de aire | 10 minutos mínimo | Segunda prueba reglamentaria |
| Alcohol: primer tramo de puntos | 4 puntos | No confundir puntos con importe por reincidencia |
Base normativa
Lo que se explica en este tema sale de estas normas. Los enlaces llevan al texto consolidado del BOE, para que puedas comprobarlo tú mismo.
- Reglamento General de Circulación RD 1428/2003 · art. 20: tasas de alcohol en aire y sangre
- Ley de Tráfico y Seguridad Vial RDL 6/2015, texto refundido · pruebas de alcohol y drogas
- Código Penal, delitos contra la seguridad vial arts. 379 a 385 · art. 379: conducción bajo los efectos
- Pruebas de alcohol y garantíasArts. 21-26: requerimiento, intervalo de diez minutos y contraste
- Sanciones y puntosArt. 80, art. 64 y anexo II: importe, reincidencia y puntos
- DGT: consumo de alcoholAbsorción, efectos y falsas creencias
- DGT: conducir con fatigaSíntomas y prevención
- Temario oficial y aptitud para conducirAnexos IV y V: salud, percepción, decisiones y factor humano
Dudas frecuentes de este tema
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Revisado el 19 de octubre de 2026. Texto de elaboración propia: no reproduce el manual oficial de la DGT. Ante cualquier discrepancia prevalece la normativa vigente. ¿Ves algo mal? Dínoslo.